Nacional: Prohibición de Venta de Comida Chatarra en Escuelas Mexicanas: Implicaciones para Padres y Alumnos

A partir del 29 de marzo de 2025, entraron en vigor en México nuevas disposiciones que prohíben la venta y promoción de alimentos y bebidas ultraprocesados con altos contenidos de azúcares, grasas saturadas y sodio dentro de las escuelas del Sistema Educativo Nacional (Diario Oficial de la Federación [DOF], 2024). Esta medida tiene como objetivo principal combatir los elevados índices de obesidad infantil y fomentar hábitos alimenticios saludables entre los estudiantes.
La normativa establece que las cooperativas y tiendas escolares deben priorizar la oferta de alimentos y bebidas naturales, locales y de temporada, evitando aquellos industrializados o ultraprocesados que contengan sellos o leyendas de advertencia (Secretaría de Educación Pública [SEP], 2025). Entre los productos prohibidos se incluyen refrescos, frituras, dulces, chocolates y pastelitos.
Las instituciones educativas que incumplan con esta normativa pueden enfrentar sanciones económicas significativas. Según el artículo 170 de la Ley General de Educación, las multas oscilan entre 100 y 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a montos desde 11,314 hasta 113,140 pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad de la infracción y la reincidencia del infractor (Congreso de la Unión, 2025). Además de las sanciones económicas, las autoridades tienen la facultad de revocar la validez oficial de estudios a las escuelas que promuevan o permitan el consumo de alimentos no saludables en sus instalaciones. También pueden imponer sanciones administrativas adicionales, que van desde el cierre temporal de la cooperativa escolar hasta la cancelación de contratos con proveedores externos.
Es fundamental destacar que estas disposiciones se centran en la venta y promoción de alimentos dentro de las instalaciones escolares. Actualmente, no existen sanciones establecidas para los padres que envíen alimentos considerados «chatarra» en el lunch de sus hijos. Sin embargo, las autoridades educativas exhortan a las familias a fomentar hábitos alimenticios saludables desde el hogar, enviando refrigerios nutritivos y equilibrados. La presidenta Claudia Sheinbaum ha enfatizado la importancia de la congruencia entre las políticas escolares y las prácticas familiares, sugiriendo que se evite el consumo regular de productos como papas fritas y refrescos, y se opte por opciones más saludables como tacos de frijol o frutas (Infobae, 2025).
Referencias:
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Congreso de la Unión. (2025). Ley General de Educación. México: Diario Oficial de la Federación.
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Diario Oficial de la Federación. (2024, septiembre 30). Acuerdo mediante el cual se establecen los Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, la distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5740005&fecha=30/09/2024#gsc.tab=0
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Infobae. (2025, abril 3). ¿Me pondrán una multa si envío comida chatarra como lunch escolar a mi hijo?https://www.infobae.com/mexico/2025/04/03/me-pondran-una-multa-si-envio-comida-chatarra-como-lunch-escolar-a-mi-hijo/
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Secretaría de Educación Pública. (2025). Manual para personas que preparan, distribuyen y venden alimentos en las escuelas. México: SEP.